Regalías
Regalías de ejecución pública: cómo cobrar por presentaciones en vivo en Latinoamérica
Guía completa sobre regalías de ejecución pública y presentaciones en vivo para músicos en Latinoamérica. Aprende a cobrar cuando tu música suena en conciertos, radio, TV, bares y espacios públicos.
Regalías de ejecución pública: cómo cobrar por presentaciones en vivo en Latinoamérica
Si tocas en vivo, tu música suena en la radio, o alguien pone tus canciones en un bar, te deben plata. No es metáfora — es la ley.
Las regalías de ejecución pública son uno de los tipos de ingreso musical más antiguos que existen, y también uno de los que más artistas independientes dejan de cobrar, especialmente en Latinoamérica. No porque no tengan derecho, sino porque nadie les explicó cómo funciona.
En este artículo te explicamos exactamente qué son estas regalías, cómo cobrarlas en tu país, y por qué podrías estar perdiendo dinero que ya te ganaste.
¿Qué son las regalías de ejecución pública?
Cuando escribes una canción, automáticamente tienes derechos de autor sobre ella. Uno de esos derechos es el derecho de ejecución pública: la facultad de autorizar —y cobrar por— cualquier reproducción de tu música en un espacio público.
Esto incluye:
- Conciertos y festivales: cada vez que tocas tu canción en vivo, el organizador debe pagar una licencia.
- Radio: cada vez que una emisora pasa tu canción.
- Televisión: cuando tu música suena en un programa, comercial o serie.
- Bares, restaurantes, discotecas: establecimientos que usan música ambiental.
- Tiendas, centros comerciales, gimnasios: cualquier negocio que ponga música para sus clientes.
- Hoteles, aeropuertos, consultorios: espacios públicos o semipúblicos.
No confundir con regalías de streaming (Spotify, Apple Music), que son reproducciones digitales privadas, ni con regalías mecánicas (venta de discos, descargas digitales). Las de ejecución pública son un tipo aparte, con sus propias reglas y sus propios recaudadores.
¿Quién recauda estas regalías?
En casi todos los países del mundo, los compositores se organizan en sociedades de gestión colectiva (también llamadas “sociedades de autores”). Estas entidades se encargan de:
- Licenciar el uso de música a establecimientos, emisoras, organizadores de eventos, etc.
- Recaudar el dinero de esas licencias.
- Distribuirlo entre los compositores e intérpretes según cuánto haya sonado su música.
En Latinoamérica, las principales sociedades son:
| País | Sociedad de compositores | Sociedad de intérpretes |
|---|---|---|
| 🇨🇴 Colombia | Sayco | Actores (intérpretes) |
| 🇦🇷 Argentina | SADAIC | AADI-CAPIF |
| 🇲🇽 México | SACM | ANDI |
| 🇨🇱 Chile | SCD | SCD (ambos) |
| 🇵🇪 Perú | APDAYC | AIA |
| 🇪🇨 Ecuador | SAYCE | COSIME |
| 🇻🇪 Venezuela | SACVEN | — |
| 🇺🇾 Uruguay | AGADU | SUDEI |
Cada una tiene su propio proceso de afiliación, pero el principio es el mismo en todos lados: si no te afilias, no cobras.
Derechos de autor vs. derechos conexos
Aquí hay una distinción clave que muchos artistas independientes no conocen:
Derechos de autor (compositores): Le pertenecen a quien escribe la música y la letra. Sayco (Colombia), SADAIC (Argentina), SACM (México) representan a los compositores. Si escribes tus canciones, eres compositor y debes afiliarte a la sociedad de compositores de tu país.
Derechos conexos (intérpretes y productores): Le pertenecen a quien interpreta la canción (cantante, músicos) y a quien produjo la grabación. En Colombia, Actores representa a los artistas intérpretes; en Argentina, AADI-CAPIF.
Si eres artista integral —escribes, cantas, tocas y produces—, te corresponde cobrar por ambos lados: derechos de autor como compositor y derechos conexos como intérprete.
Cómo cobrar paso a paso
Paso 1: Afíliate a tu sociedad de gestión colectiva
Este es el paso más importante y el que más artistas omiten. La afiliación generalmente es gratuita o tiene un costo simbólico único.
En Colombia (Sayco):
- Solicita la afiliación como autor/compositor
- Presenta tu cédula y soportes de tu obra (letras, partituras, grabaciones)
- Registra tu repertorio (todas tus canciones publicadas)
- Recibes un código de afiliado
En Argentina (SADAIC):
- Afiliación online con tu documento
- Registro de obras en el sistema SADAIC
- Declaración de repertorio
Paso 2: Registra tu repertorio
No basta con estar afiliado —tienes que registrar cada canción que quieras proteger. Cada obra recibe un código único en la sociedad. El registro incluye:
- Título de la canción
- Letra completa
- Compositores (con porcentajes de autoría)
- Intérpretes
- Fecha de creación
- ISWC (código internacional de obra musical)
Paso 3: Reporta tus presentaciones en vivo
Muchos artistas piensan que las sociedades “saben” automáticamente cada vez que tocan. No es así. Las sociedades recaudan de los licenciatarios (emisoras, bares, festivales) pero la distribución se hace con base en la información disponible:
- Radio y TV: las emisoras reportan sus playlists —tienen que hacerlo por ley—. Si tu canción suena en la radio, la sociedad lo sabe.
- Conciertos: el organizador del evento paga una licencia, pero el reparto entre artistas se hace con base en la declaración del evento. Algunas sociedades permiten que los artistas reporten sus propias presentaciones.
- Bares y restaurantes: pagan una tarifa plana, y la distribución se hace estimando el repertorio más popular. Los artistas independientes reciben menos aquí porque el cálculo es estadístico.
Tip: En Sayco y SADAIC, puedes reportar tus propias presentaciones en vivo. Si tocas en un festival, reporta tu setlist. Cada canción tocada suma para tu distribución futura.
Paso 4: Mantén tu información actualizada
Si cambias de país, de nombre artístico, o agregas nuevas canciones, actualiza tu registro. Las sociedades distribuyen cada trimestre o semestre —si tu información está desactualizada, el dinero se queda en la sociedad esperando que lo reclames.
Paso 5: Reclama tu dinero
Las sociedades distribuyen las regalías periódicamente:
- Sayco: distribuye trimestralmente
- SADAIC: distribuye trimestralmente
- SACM: distribuye semestralmente
- SCD (Chile): distribuye trimestralmente
El pago llega por transferencia bancaria o cheque, dependiendo del país y del monto.
¿Cuánto dinero estamos hablando?
Esta es la pregunta del millón. Las tarifas varían enormemente según el país, el tipo de establecimiento y la frecuencia de reproducción.
Ejemplos aproximados (Colombia, 2026):
- Una canción en radio nacional: ~$5,000-50,000 COP por reproducción (dependiendo del horario y la audiencia)
- Una presentación en festival pequeño: ~$50,000-200,000 COP en derechos de autor
- Música ambiental en un bar que pasa tu canción regularmente: pagos pequeños pero recurrentes (~$10,000-30,000 COP por trimestre por establecimiento)
No te harás rico solo con ejecución pública, pero es ingreso pasivo que se acumula. Si tienes 20 canciones que suenan en 10 radios y 5 bares, esos pagos trimestrales pueden sumar un ingreso significativo a lo largo del año.
Además, hay un principio que todo artista debe conocer: el dinero que no reclamas se queda en la sociedad. No hay un límite de tiempo para reclamarlo, pero muchos artistas dejan acumular millones de pesos en regalías no cobradas simplemente porque nunca se afiliaron o nunca registraron su repertorio completo.
Errores comunes que cometen los artistas independientes
❌ “Como no soy famoso, no me van a pagar”
Falso. Las sociedades distribuyen a todos sus afiliados por igual según el uso reportado. Los artistas grandes reciben más porque suena más, no porque tengan un trato especial.
❌ “Mi distribuidora digital se encarga de eso”
Las distribuidoras digitales (como Huruz, DistroKid, TuneCore) se encargan de las regalías de streaming y a veces de sincronización. No se encargan de regalías de ejecución pública — eso es competencia exclusiva de las sociedades de gestión colectiva.
❌ “El organizador del concierto me paga mi cachet, eso incluye todo”
Tu cachet es el pago por tu presentación. Las regalías de ejecución pública son adicionales —son el pago por el uso de tu obra, no por tu actuación. Son dos conceptos distintos.
❌ “Registré una canción una vez y ya”
Cada canción nueva necesita su propio registro. Si sacas un álbum de 10 canciones y solo registraste 3, las otras 7 no están protegidas ni generan regalías.
❌ “Estar en Spotify es suficiente registro”
Estar en Spotify no registra tu obra en Sayco, SADAIC o SACM. Son sistemas completamente independientes. Spotify reporta streams a las sociedades en algunos países, pero eso es para regalías mecánicas, no para ejecución pública.
¿Qué pasa si tu música suena en el extranjero?
Las sociedades de gestión colectiva tienen acuerdos recíprocos entre países. Esto significa que:
- Sayco (Colombia) tiene acuerdo con ASCAP (EE.UU.), PRS (Reino Unido), SGAE (España), SOCAN (Canadá), etc.
- Si tu música suena en un bar en Madrid, SGAE recauda
- SGAE envía el dinero a Sayco
- Sayco te paga a ti
El proceso funciona, pero es más lento (puede tomar 6-12 meses) y los montos son menores porque cada sociedad descuenta su comisión de gestión. Aun así, es dinero que no deberías dejar pasar.
El futuro de las regalías de ejecución pública
La tecnología está modernizando este sistema centenario. Algunas tendencias que ya se ven:
- Reportes digitales automatizados: cada vez más establecimientos reportan su música usada vía sistemas como Bandsintown o Soundcharts
- Blockchain para distribución: proyectos como Royal y Opulous exploran smart contracts para pagos automáticos de regalías
- Apps para músicos: Vollou, por ejemplo, usa datos de Bandsintown para ayudar a artistas a encontrar regalías de presentaciones en vivo que no sabían que tenían
- Simplificación de afiliación: varias sociedades están digitalizando sus procesos de afiliación y registro
En resumen
Las regalías de ejecución pública son un derecho que tienes como creador musical, y en Latinoamérica hay un ecosistema completo para cobrarlas. El problema no es que el sistema no funcione —es que muchos artistas nunca dan el primer paso.
Si eres artista independiente y tocas en vivo, tu lista de pendientes debería incluir:
- Afiliarte a tu sociedad de gestión colectiva local (Sayco, SADAIC, SACM, SCD…)
- Registrar todo tu repertorio, canción por canción
- Reportar tus presentaciones en vivo y mantener tu catálogo actualizado
- Entender que las regalías de ejecución pública son aparte de las de streaming
En Huruz, además de distribuir tu música a todas las plataformas digitales, te ayudamos a entender el panorama completo de tus regalías. Porque sabemos que un artista informado es un artista que cobra todo lo que le corresponde.
Preguntas frecuentes
¿Qué son las regalías de ejecución pública?
Son los pagos que genera una canción cuando se reproduce en público: en conciertos, radio, televisión, bares, restaurantes, tiendas, gimnasios y cualquier espacio público. No confundir con regalías de streaming (que son reproducciones digitales privadas) ni mecánicas (venta de copias físicas o descargas).
¿Cómo cobro regalías por mis presentaciones en vivo en Colombia?
En Colombia, Sayco (Sociedad de Autores y Compositores) es la entidad encargada de recaudar y distribuir las regalías de ejecución pública. Debes afiliarte como compositor o autor, registrar tu repertorio, y reportar tus presentaciones. Sayco recauda de los establecimientos que usan música y distribuye según el uso reportado.
¿Qué diferencia hay entre derechos de autor y derechos conexos en presentaciones en vivo?
Los derechos de autor pertenecen al compositor y al autor de la letra. Los derechos conexos pertenecen a los intérpretes (músicos, cantantes) y productores fonográficos. Para cobrar por tus presentaciones en vivo como intérprete, necesitas afiliarte a una sociedad de gestión colectiva de artistas intérpretes, como Actores en Colombia o ACDM en algunos países.
¿Puedo cobrar regalías de ejecución pública si mi música suena en el extranjero?
Sí. Las sociedades de gestión colectiva tienen acuerdos recíprocos entre países. Sayco tiene convenios con ASCAP y BMI (EE.UU.), SOCAN (Canadá), PRS (Reino Unido), SGAE (España), y decenas más. Tu música sonando en un bar en Madrid genera regalías que Sayco puede cobrar y distribuirte — si está registrada correctamente.
¿Necesito ser famoso para cobrar regalías de ejecución pública?
No. Cualquier compositor o intérprete registrado en su sociedad de gestión colectiva tiene derecho a cobrar. La diferencia es que los artistas más grandes reciben más porque su música suena más, pero el sistema funciona para todos. Muchos artistas independientes dejan dinero sobre la mesa simplemente porque no saben que deben afiliarse y reportar.